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¿Cree que las acusaciones de amaños en el fútbol español acabarán teniendo consecuencias sancionadoras en el ámbito deportivo?



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agenda2.gifPróximos eventosSeminario Andaluz de Especialistas en Derecho Deportivo "Administración del Deporte. Aspectos del deporte profesional", Granada (España), 9, 16 y 23 de enero de 2009. Información.


Jornada de Arbitraje Deportivo, Madrid (España), 23 de enero de 2009. administracion@clubarbitraje.com


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Senado

lissavetzky.png Comparecencia de D. Jaime Lissavetzky, Secretario de Estado para el Deporte, el pasado lunes 10 de noviembre de 2008 ante la Comisión de Educación, Política Social y Deporte del Senado para hablar, entre otros temas, de las elecciones a la Federación Española de Fútbol. El Secretario de Estado aseguró que la RFEF cumple al 100% con la normativa electoral y justificó la prórroga del proceso electoral hasta después de la celebración de la Eurocopa por las mismas razones por las que se aplazaron las elecciones de las federaciones de automovilismo, golf o béisbol.

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Legislación
Jurisprudencia

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Penal: Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 20 de Madrid de 5/12/2008 por la que se santos-mirasierra-marseille.jpgcondena al ultra del Olympique de Marsella, Santos Mirasierra, a 3 años y 6 meses de prisión por la comisión de un delito de atentado a agente de la autoridad, otro delito de lesiones y una falta de lesiones con ocasión del encuentro entre el Atlético de Madrid y el Olympique de Marsella, correspondiente a la Champions League, por el que el club madrileño también fue sancionado por la UEFA. Ver sentencia. Ver Auto por el que se concede al condenado la libertad bajo fianza de 6.000 euros hasta que se sustancie el recurso de apelación.

 


Más Jurisprudencia

Publicaciones

pluma2.gifEn el apartado de Colaboraciones publicamos los siguientes artículos:


Control constitucional, fútbol y política deportva en el caso "Club Deportivo Wanka" ¿Constitucionalizando la trampa del off side al control parlamentario y administrativo sobre la FPF?, de Berly J. López Flores (Perú). En este artículo el autor realiza un comentario jurisprudencial analizando la Sentencia del Tribunal Constitucional Peruano sobre la desafiliación del Club Deportivo Wanka por la Federación Peruana de Fútbol. Este amplio trabajo, publicado en importantes revista jurídicas del Perú, aborda un asunto de actualidad dada la inminente suspensión del fútbol profesional peruano por parte de la FIFA debido a la injerencia gubernamental.


Las potestades disciplinarias - deportiva y asociativa - de los clubes deportivos, de Rafael Alonso Martínez (España). Comunicación presentada al III Congreso de la Asociación Española de Derecho Deportivo, celebrado en Madrid el 10 y 11 de julio de 2008, bajo el título "El nuevo derecho disciplinario deportivo". Este artículo versa sobre la atribución de ejercicio de la potestad disciplinaria deportiva a los clubes deportivos, que se contiene en la Ley estatal del Deporte y en diversas leyes autonómicas.


Cerrado el nº 11 del boletín, que comprende distintos trabajos que abarcan el periodo de abril de 2008 a agosto de 2008.

Reunión de Ministros de Deportes de la UE

Especifidad del deporte: Después de la reunión de los ministros europeos del Deporte celebrada en Biarritz, el 27 platiniblatter.jpgy 28 de noviembre,  y a la cual se invitó al movimiento olímpico y deportivo, el Presidente de la FIFA declaró: "Estoy satisfecho de que hayan coincidido los puntos de vista y del enérgico respaldo manifestado por los 27 ministros europeos sobre las nociones de especificidad, autonomía y autorregulación del deporte durante la reunión de Biarritz. La voz unánime de los ministros y la voluntad de diálogo que han expresado permiten vislumbrar un futuro prometedor para el movimiento olímpico y deportivo". En una entrevista privada, el Presidente de la FIFA y el Comisario Europeo Jan Figel lograron disipar algunas dudas en cuanto a la aplicación de la especificidad y la autonomía del deporte. El movimiento olímpico y deportivo, encabezado por Jacques Rogge, Presidente del Comité Olímpico Internacional, junto con, entre otros, la Asociación de Federaciones Internacionales de los Deportes Olímpicos de Invierno, la Federación Internacional de Hockey sobre Hielo, la Federación Internacional de Baloncesto, el Consejo Internacional de Rugby y la UEFA, demostraron una férrea unidad y una voluntad de diálogo estructurado con las autoridades europeas.

Regla 6+5: Blatter también se complace de la unanimidad que manifestaron los 27 ministros europeos del Deporte sobre la necesidad de dialogar y discutir acerca de la regla 6+5, respetando la compatibilidad con el derecho comunitario. Los 27 ministros europeos del Deporte firmaron una declaración conjunta, que precisa la cuestión de la regla 6+5: " [...] los ministros expresan su interés y desean que se prosiga con los debates relativos a las iniciativas de las federaciones internacionales que buscan promover en los equipos de clubes profesionales de cada país la presencia de deportistas elegibles para las selecciones nacionales, respetando el derecho comunitario, a fin de fortalecer el arraigo regional y nacional de los clubes profesionales". Acerca de este tema, se recomienda la lectura del artículo Reflexiones sobre la propuesta "Regla 6+5" de Antonio Villegas Lazo.

Eventos celebrados

antidopingforum1.jpgEl 27 de noviembre de 2008 tuvo lugar en Berlín el III Anti-doping Forum organizado por la firma Beiten Burkhardt que contó con la presencia de alrededor de un centenar de participantes. Después de los Juegos de Pekín, las cuestiones candentes a tratar eran si las estrellas de los Juegos estaban limpias y otros temas científicos como cuan cerca están ahora mismo los perseguidores de los tramposos.

 

Fueron ponentes Peter Danckert, presidente del Comité de Deportes del Bundestag alemán, Patrick McQuaid, presidente de la UCI, el experto en detección de sustancias dopantes Bengt Saltin, el periodista Hans-Joachim Seppelt, la doble medallista en Pekín Britta Steffen y los abogados Julia Feldhoff-Mohr y Dirk-Reiner Martens.

 

Ver programa en alemán e inglés. Ver presentación de fotografías del evento.

 

 


CEIDD_transparente_grande.pngEl  26 de noviembre de 2008, se celebró en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid el seminario sobre cuestiones prácticas de la Ley Concursal y el nuevo convenio colectivo del fútbol profesional, organizado por la Cátedra de Estudios e Investigación en Derecho Deportivo, que contó con la participación de más de 100 asistentes, entre representantes de clubes de fútbol, agentes y abogados. La actividad contó con la presencia, como ponentes, de la Magistrada que ha tramitado el concurso del Celta de Vigo, el Magistrado y ex abogado de la AFE, José A. Buendía, los abogados de la firma Garrigues que llevaron el concurso voluntario del Málaga, los abogados de la RFEF, el Vicepresidente y el Asesor Jurídico de la LFP, el profesor Ángel de Val y los abogados de la AFE. 

 

El Director de la Cátedra, Dr. Miguel Cardenal Carro, y su Presidente, Dr. Antonio V.jornadaconcursal.JPG Sempere, expusieron las conclusiones del seminario, resaltando la necesidad de acometer reformar legales en la Ley Concursal que pudieran tener en cuenta el fútbol, así como destacando, a la luz de las ponencias presentadas, las nuevas disposiciones del recién publicado Convenio Colectivo para 1ª y 2ª División.

 

Toda la documentación del curso presentada por los ponentes podrá descargarse de forma libre a través de la web de la Cátedra www.derechodeportivo.es

 

Novedades editoriales

libroten.jpg Deporte y Derecho administrativo sancionador, de Javier Rodríguez Ten, publicado por Editorial Reus, 504 páginas, 45,60 €. Ver índice de la obra.

Monografía auspiciada por la Fundación del Fútbol Profesional, en la que el Doctor en Derecho, Abogado y ex-árbitro de fútbol, Javier Rodríguez Ten, efectúa un exhaustivo análisis de la disciplina deportiva en España. La obra está prologada por Martín Bassols Coma, Catedrático de Derecho Administrativo y Ex-presidente del Comité Superior de Disciplina Deportiva.

 

 

 

 

 

 


tesisemilio.JPG La extinción de la relación laboral de los deportistas profesionales, de Emilio García Silvero, publicado por Aranzadi, 298 páginas, 34,62 €. Consultar índice de la obra.

Esta monografía constituye la publicación de un resumen de la tesis doctoral del autor, a la sazón Jefe de Asuntos Legales de la Real Federación Española de Fútbol y miembro del Comité de Disciplina de la UEFA. Esa vinculación de García Silvero con el derecho federativo propicia que en la obra se preste una especial atención a este ámbito, hasta ahora olvidado en las aportaciones doctrinales sobre la problemática laboral del ámbito del fútbol. La existencia de una normativa de la FIFA y su aplicación en última instancia por el TAS hace imprescindible incluir esa Jurisprudencia tan peculiar, que exige el diálogo con lo interpretado y aplicado por los tribunales españoles con base en el conocido Real Decreto 1006/1985. Sin duda, la globalización del deporte profesional de la que parte García Silvero como signo de identidad del deporte profesional actual frente al panorama de hace dos décadas impone fijar la atención en estos nuevos fenómenos normativos. Con un esquema claro y un lenguaje directo, se exponen exhaustiva y ordenadamente los posicionamientos acerca de las diferentes causas extintivas que enumera el mentado Real Decreto 1006/1985. Junto al compendio de ese material disperso, que facilitará al profesional la localización inmediata de resoluciones y normas no abundantes y algunas de ellas difícilmente localizables, se incluyen importantes reflexiones críticas que hacen de este libro mucho más que una sistematización de todas las resoluciones judiciales dictadas para el mundo del deporte profesional. Las denominadas cláusulas de rescisión, en el auténtico “ojo del huracán”, son objeto de una especial atención. La obra está prologada por Miguel Cardenal Carro.

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